Además que la corrupción económica y financiera, en la que aparecen señalados diferentes partidos del arco parlamentario, grandes empresas, bancos y cajas de ahorros, creo que existe otra, tan grave o más, que se ha cometido contra los derechos de los ciudadanos, especialmente los jóvenes, como han sido algunas de las contrataciones laborales irregulares en las Administraciones Públicas (AA.PP.). Según la ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo de las A.APP., y el Estatuto del Empleado Público, la convocatoria de provisión de puestos de trabajo para las AA.PP. debe guiarse por los criterios de publicidad y en su selección, los de igualdad, méritos y capacidad. ¿Se han cumplido siempre estas garantías constitucionales?. En mi opinión no siempre ha sido así, por lo menos en los ámbitos cercanos que conozco directamente, o de los que me han informado personas de mi total confianza. Los indicios fundamentados de estas infracciones que detecté en mi vida de funcionario público, los denuncié a mis superiores, al sindicato que ayudé a fundar en Madrid hace más de treinta y cinco años y al que después apoyé para desarrollarse en Córdoba (en ambos casos simultaneando estas tareas con mi trabajo y sin remuneración) y a personas afines o afiliadas a la coalición política en la que milité y di parte de mi tiempo y de mis recursos económicos durante muchos años. Por los resultados negativos que tuve y por las situaciones deleznables que conozco en este sentido, de otras AA.PP, tengo que deducir que sobre estos asuntos hay tales connivencias que podría afirmarse que solo una Ley de Transparencia no va a evitarlas.
Varias son las técnicas empleadas para estas tropelías por parte de Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades Autónomas y Empresas u Organismos del Estado Central. Una de ellas es la demora en las convocatorias de plazas, ocultando o retrasando un periodo de tiempo la apertura pública de bolsas de trabajo, dando ventaja a su inscripción en la mismas a personas familiares o afines de empleados o sindicatos de esas AA.PP., para posicionarse mejor situados en las listas de dichas bolsas Aparte de ello, el aceptar vacantes provisionales ofrecidas de mayor duración y más cercanas al domicilio o eludir las que no tienen esas características (lo que subrepticiamente conocían los candidatos cercanos pero no los incautos jóvenes aspirantes que no contaban con esa información privilegiada) daba lugar a puestos más cómodos y de más duración, con la consiguiente mayor acumulación de puntos para el baremo del concurso de plazas definitivas. Así, mientras algunos han ocupado vacantes de larga duración (por bajas del titular por motivos de embarazo, liberación para cargo público o sindical, o larga enfermedad crónica) y en su localidad de residencia, otros han tenido que aceptar una vacante para pocos días y hasta casi cien kilómetros de su domicilio en algunos casos. Pero es más, se ha dado la paradoja (según me contó un desesperado padre residente en un pueblo de nuestra provincia) que aun habiendo obtenido su dos hijos nota sobresaliente en un examen para plazas definitivas, fueron excluidos en la fase de concurso, lo que él no entendía. Esto ocasionó en principio el disgusto con su hija e hijo. No obstante se disculpó después con ellos, según me comunicó, cuando le informaron en el organismo en cuestión lo sucedido. Resulta que a pesar de la buenas notas de sus hijos, al haber presionado los sindicatos para bajar el umbral de aprobado en la fase de examen, la mayoría de las plazas se habían adjudicado a los candidatos que habiendo cumplido el requisito de haber aprobado contaban con más puntos por la mayor experiencia aportada en sus contrataciones previas. Para más inri, los cursos de preparación para el examen a los que asistieron durante un año sus hijos, eran impartidos por un sindicato en Córdoba adonde venían tres veces a la semana en el autobús de línea de su pueblo. Entenderá el lector, de que si yo califiqué de criminales estas actuaciones, cuando un sindicalista liberado y excompañeros del organismo donde yo trabajé me confirmaron con reticencias y miedo que eso fue así, quizá me quedara corto.
Otros procedimientos para la inclusión de personas en las AA.PP. de forma diferida es mediante los procedimientos de contratación denominados “free-lance”, o trabajadores autónomos cuya asignación económica les suele permitir un buen sueldo y el pago a la Seguridad Social. Estos procedimientos están aceptados en la justificación de ser especiales (porque no existen funcionarios para realizarlos) o coyunturales, pero algunas contrataciones, por su larga duración denotan que lo que pretende es colocar a estas personas (con algún tipo de ascendencia en quienes gestionan el organismo) en las AA.PP. con carácter definitivo. ¿ Cómo se hace esto?. Existen dos procedimientos que han sufrido familiares míos muy directos:
1º) Si se hace desde Organismos de las AA.PP. de gestión directa, la triquiñuela consiste en convocar las plazas reglamentariamente pero con los requisitos de poseer unas características de los candidatos que casualmente coinciden con las del trabajador free-lance. Los funcionarios del entorno suelen decir que a la plaza solo le falta el nombre. Cuando esto se ha hecho, se procede con frecuencia sin un control administrativo o sindical. A veces, para aparentar la legalidad del procedimiento, se intenta buscar otros candidatos amigos o conocidos para que se presenten y que se prestan a la artimaña; pero en otros casos esto no se advierte y se presentan a la plaza jóvenes ilusionados que se rompen la cabeza estudiando los temas de la convocatoria para nada.
2º) Si se hace desde Empresas Públicas instrumentales, ni siquiera se le tiene que dar gran publicidad a la convocatoria. Pero si por cualquier circunstancia otros candidatos (distintos a los que ya trabajan en la empresa sean free-lance o procedentes de bolsas de trabajo corrompidas) presentan su candidatura, no se publican los resultados. Si pasado un largo periodo de tiempo y los candidatos ajenos exigen los resultados se les muestra el nombre del candidato seleccionado sin justificar los criterios de su adjudicación. Si el candidato timado reclama a un sindicato, ¡al que está afilado!, este, sin facilitarle los Estatutos de la referida Empresa, le contesta que tal procedimiento es legal.
Hay además otros métodos por los que se han burlado los procedimientos de contratación en las AA.PP. como la filtración de los exámenes y otros. Son de tan vox populi, que no hay espacio ni necesario enunciarlos ahora. Pero lo más grave es la connivencia de altos funcionarios, partidos políticos y sindicatos en los hechos que aquí denuncio y que han provocado gran desilusión y desconfianza de nuestros jóvenes en las instituciones democráticas. Esta situación, como fenómeno sociológico muy generalizado, podría ser campo de análisis para nuestras Universidades. Este nos aportaría más información del alcance de su envergadura y de las posibles fórmulas para su solución o mejora. Pero creo que esto será difícil, porque en nuestro país en este asunto impera la Ley del Silencio.
Nicolás Puerto Barrios, miembro de EQUO Córdoba