Ley de maternidad forzosa y de esclavitud reproductiva de las mujeres

Concha San Martín (de la Mesa de Coordinación EQUO Sevilla)

Este es el título que debería darse a una ley que nos traslada de nuevo, como en una pesadilla nocturna, a los tiempos en que las mujeres y sus hijos eran social y jurídicamente considerados propiedad de los hombres, en el mismo plano conceptual que lo eran sus casas, tierras y ganados. No en vano el comité de expertos del Ministerio de Justicia para este proyecto –mantenido en secreto hasta su aprobación por el Consejo de Ministros- ha estado compuesto exclusivamente por hombres.

Al igual que las personas manipuladoras apelan a las reglas cuando les convienen y, cuando no,  las incumplen o las cambian con estrategias de trilero, así nuestros “representantes” políticos esgrimen la sacrosanta e inmutable Constitución cuando interesa a sus fines partidistas y, si no, la cambian con nocturnidad y alevosía, y aquí no ha pasado nada. Así lo hicieron en agosto de 2011 al dar un auténtico golpe de estado durante la siesta estival, cambiando el artículo 135 en un sentido que afectaba a la misma definición fundacional de España como Estado social y democrático de Derecho (artículo 1).

En este caso, el ministro Gallardón, de quien -hace muchos años- alguien me advirtió que era de los más ultraderechistas del PP y que no nos dejáramos engañar por su falsa apariencia de moderado, exhibe una sentencia del Tribunal Constitucional en la que este órgano decía que la ley de 1985 no resolvía adecuadamente el conflicto de dos bienes protegibles: el derecho del nasciturus y el de la mujer. Pero ¿Cómo podemos seguir viendo con normalidad que a los derechos de las personas se les aplique el concepto de bien? A estas alturas de la Historia, no deberíamos usar un término económico para definir derechos humanos o civiles. Los bienes tienen un propietario individual o colectivo; los derechos no. Se aplican a las personas y tienen efectos económicos, pero no son propiedad de nadie –no se pueden vender o ceder-, al igual que tampoco lo son  las personas que los poseen y ejercitan. Conceptuarlos como bienes los cosifica y nos aproxima, en esencia, a la esclavitud.

A esto último se suma el hecho de convertir a personas adultas, con plena capacidad jurídica, en sujetos legalmente irresponsables,  no punibles; es decir, menores de edad a los efectos de la ley. No solo se fuerza  a las mujeres a cumplir un trabajo reproductivo en contra de su voluntad y con afección a su integridad física, pues el parto siempre entraña riesgos para la salud de la madre, sino que al caracterizarlas cínicamente como víctimas de la práctica de un aborto decidido libre y conscientemente por ellas mismas, las esclaviza doblemente.

Otra artimaña conceptual del fullero Gallardón, en sus declaraciones, es la de utilizar indistintamente, como equivalentes, los términos concebido y nasciturus. Este último término latino significa “el que va nacer” y al igual que “el que ha sido concebido” no son conceptos absolutos sino que semánticamente dependen de convenciones sociales sancionadas por las normas jurídicas. La Ciencia solo puede describir, analizar o predecir el proceso que va de la fecundación al parto, pero jamás podrá establecer –si es verdadera Ciencia- el momento preciso en que podemos hablar de un  sujeto de Derecho. La Historia y la Antropología nos demuestran que eso pertenece al ámbito del orden social, de las normas acordadas por la comunidad o impuestas por un sector de ésta a su conjunto, a través del sistema ideológico, al que pertenecen  las normas éticas, los símbolos, los mitos y las creencias religiosas.

En las sociedades democráticas e igualitarias esas normas han de establecerse por consenso mediante negociación entre los diferentes sectores con intereses enfrentados. La forma en que se ha redactado esta ley, mediante Real Decreto, sin debate ni transparencia ni participación ciudadana de todas las asociaciones civiles e instituciones públicas y privadas interesadas especialmente en su contenido, revela su carácter no democrático y de imposición de los sectores más ultraconservadores de la sociedad española, en un pacto secreto, de previsiones electoralistas, con el partido gobernante.

Qué es un nasciturus o qué es un concebido lo decidimos entre todos y todas. Ningún científico ni ningún jerarca religioso nos pueden imponer sus creencias y sus valores. Los argumentos científicos, históricos o religiosos a favor de un determinado orden social o político son argumentos autoritarios de un sector de la población que quiere imponer sus intereses al resto de la misma. La democracia es el poder de la mayoría con respeto a  los derechos de las minorías. Los dos términos de esta definición son igualmente esenciales; si falta uno de ellos, no hay democracia. Nos están dando otro golpe de Estado que viola el pacto social democrático.

Esta ley de Rajoy y Gallardón es una gran vergüenza nacional  que, junto a la también cínicamente denominada de seguridad ciudadana, ha escandalizado y preocupado a gobernantes y opinión pública de las naciones democráticas de nuestro entorno europeo. Y lo es, no sólo porque nos incluye en el pequeño grupo de países europeos más extremadamente conservadores en este ámbito de los derechos humanos y humanitarios –con esta ley nacerán 3.000 niños al año con malformaciones congénitas incompatibles con una vida humana digna- sino que además nos sitúa en el camino hacia un Estado pre-democrático, cada vez más próximo a la Dictadura fascista española. Ésta impuso una enorme involución en los derechos de las mujeres, a las que situó destacadamente en el punto de mira de su represión –incluyendo asesinatos ejemplarizantes de grupos de mujeres por toda la geografía española-, así como en elemento esencial de su sistema de dominación política e ideológica en el que la Iglesia Católica fue su agente más activo.

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