EQUO interviene en el pleno de mayo solicitando una adjudicación de los contratos menores del Ayto, ÉTICA, LÓGICA Y EFICIENTE

Desde EQUO se propondrá en el Pleno del Ayuntamiento de Rota del mes de mayo de 2017 una adjudicación de los contratos menores ética, lógica y eficiente.

La figura del “Contrato Menor”, recogida en la Ley de Contratación de la Administración Pública, determina que ciertas adjudicaciones no están obligadas a someterse a publicidad y concurso público. 

En concreto, aquellas obras comprendidas entre 0 y 50.000 € y aquellos contratos de suministros y servicios que no superen los 18.000 €.

Esta figura del “Contrato Menor” fue concebida con objeto de agilizar y simplificar los trámites necesarios para hacer frente a las necesidades cotidianas de escasa entidad de los organismos públicos. 

Sin embargo, una medida que fue concebida como excepcional se ha convertido en práctica habitual en las Administraciones Públicas, lo que ha dado lugar al uso y abuso de este tipo de contratación menor, especialmente por parte de los Ayuntamientos, que adjudican así millones de euros libres de control.

El análisis de los datos disponibles en la Plataforma de Contratación del Estado, donde los contratos menores deben publicarse trimestralmente tras la entrada en vigor de la Ley de Transparencia en el año 2013, es revelador. En el primer límite que contempla la contratación menor, 18.000 € para suministros y servicios, un elevado número de adjudicaciones se produce en la franja comprendida entre los 17.000 y los 17.999 €, concentrándose muchos de ellos en el ultimísimo tramo, entre los 17.991 y los 17.999 €. 

La situación es similar en el otro límite que contempla la contratación menor, 50.000 euros para contratos de obras, reformas y reparaciones de toda clase. En este caso, también una mayoría de adjudicaciones se acumulan en el último tramo comprendido entre los 49.000 y los 49.999 €. 

La conclusión es demoledora: las Administraciones utilizan el mecanismo del “Contrato Menor” para esquivar el concurso público y la libre concurrencia de adjudicatarios y ajustan los céntimos al milímetro, inflando o reduciendo artificialmente los precios para hacerlos encajar en los límites del contrato menor. 

La lista de adjudicaciones mediante la fórmula del contrato menor es interminable. 

El plato estrella, que se repite continuamente, es la redacción de proyectos técnicos o de asesoría jurídica para todo tipo de asuntos. También podemos encontrar en dicha lista la gestión de redes sociales o de campañas publicitarias, entre otras.

Expertos del Observatorio de la Contratación Pública denuncian y critican esta situación. 

En primer lugar, consideran el límite de los importes (18.000 € y 50.000 €) demasiado alto, lo que provoca que muchos ayuntamientos pequeños y medianos puedan funcionar únicamente a base de contratos menores. 

En segundo lugar, indican que el contrato menor nació como excepción y se ha convertido en regla por pura voluntad política, ya que nada impide que se licite un suministro, un servicio o una obra a través de un procedimiento negociado con publicidad, sea cual sea su importe.

Hay que reseñar que existen comunidades en las que los límites recogidos en la Ley de Contratación de la Administración Pública para los contratos menores han sido rebajados. 

Es el caso de la Comunidad de Aragón, en la que los contratos menores de obras que superen los 30.000 euros y en los de servicios y suministros que superen los 6.000 euros, salvo que solo pueda ser prestado por un único empresario, se necesitará consultar al menos a tres empresas, que puedan ejecutar el contrato, utilizando preferentemente medios telemáticos.

Teniendo en consideración todo lo expuesto anteriormente, desde EQUO proponemos se debata este asunto y que el Ayuntamiento de Rota se comprometa

  1. a respetar las normas esenciales de toda la contratación administrativa y las normas propias de aprobación de gastos, incluidos los contratos menores, respetando la publicidad, garantizando la concurrencia y la libre competencia.
  2. a tomar como referencia los importes fijados para la contratación menor en la Comunidad de Aragón. Así, cuando los contratos de obras superen los 30.000 € y los de servicios y suministros superen los 6.000 €, excluido el IVA, pedirá presupuestos al menos a tres empresas, salvo que dicha obra, servicio o suministro sólo pueda ser prestado por un único empresario.
  3. a dar preferencia a la contratación de personas y/o de empresas de la localidad o de la comarca, contemplando la subcontratación de los trabajos y/o servicios con empresas externas como última opción, para contribuir de manera activa a la creación de empleo y a potenciar la economía local.

Más info en Rota al Día

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                                                                     Intervención en el Pleno de Mateo Quirós

 

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